Contrato de mantenimiento

Contrato de mantenimiento

Subscribe este contrato donde se indican las tareas a realizar en las instalaciones descritas anteriormente con el alcance, límites y condiciones económicas especificadas en las clausulas siguientes:

PRIMERA: El objeto del presente documento es la contratación de los trabajos de mantenimiento de la instalación solar térmica. Con las tareas a realizar según se indica en el informe que se adjunta junto al presente contrato.

SEGUNDA: El presente contrato entrará en vigor el día de la puesta en marcha de la instalación justificándolo con el parte de trabajo y la firma del mismo contrato.

TERCERA: A partir de la entrada en vigor este contrato tendrá una validez de 2 años. Después se podrá prorrogar 2 años más con previo acuerdo de la comunidad de vecinos.

CUARTA: Se establece una cuota anual de mantenimiento de 1.515,00 €, IVA no incluido. El contrato de mantenimiento se prorrogará taxativamente por periodos anuales excepto si alguna de las partes lo comunica a la otra por escrito con una antelación no inferior a dos meses de la fecha prevista de extinción y se abonará el 50% de las cuotas pendiente en caso de no haber cumplido el año de permanencia. A partir del primer año, el importe del presente contrato se incrementará anualmente de acuerdo con el porcentaje en que lo haga el índice de precios del consumo del año anterior.

QUINTA: La empresa de mantenimiento realizará 2 visitas anuales durante el primer año y el resto según el plan de mantenimiento de la instalación durante la cual se efectuaran las operaciones de mantenimiento indicadas en el Anexo del presente contrato. Las inspecciones se realizaran por personal debidamente identificado.

SEXTA: La empresa de mantenimiento registrara las operaciones efectuadas y las lecturas de los contadores existentes en un libro de mantenimiento de la instalación y se compromete a informar al cliente del cualquier defecto o anomalía detectada en la instalación y que pueda afectar al correcto funcionamiento del sistema o reducir sus prestaciones energéticas.

SEPTIMA: La empresa de mantenimiento facilitará atención telefónica al cliente, dentro del horario laboral, para llamadas de avería o mal funcionamiento de las instalaciones.

Los costes derivados de los trabajos destinados a averías o a solucionar un deficiente funcionamiento de la instalación que no sea consecuencia de un mal mantenimiento de las mismas ni de los trabajos ejecutados según se indica en el contrato que más adelante se detalla, se pasarán los cargos al domicilio fiscal que consta en el contrato. Las visitas para realizar la evaluación previa realización del contrato o averías tendrán un coste de 35€/hora operario más gastos de desplazamiento.

OCTAVA: La empresa de mantenimiento no se hace responsable de cualquier problema que pueda detectar en las operaciones de mantenimiento como: deterioro prematuro, sustitución por avería, rotura o desgaste de elementos como bombas, intercambiadores, disipadores estáticos, controladores y placas solares, vicios ocultos de la instalación, fugas de agua en instalaciones empotradas o en el circuito primario y válvulas mezcladoras, se exceptúan los elementos empleados en las mejoras de la instalación. Si se detectara alguna incidencia de las anteriormente mencionadas se pasará presupuesto con el coste de los trabajos a la propiedad (siempre previa trasferencia del contrato).

Se establece una garantía de dos años en los materiales utilizados en los trabajos de mejoras de la instalación tanto en la reposición de material defectuoso, mano de obra y desplazamientos.

NOVENA, Ambas partes contratantes se comprometen a un arbitraje de equidad en caso de surgir diferencias en la interpretación de este contrato y de los documentos que puedan formar parte de él, según lo que establece la ley.






Badalona, 9 de noviembre de 2023

La hoja de revisiones de la empresa ALEM indica que la primera revisión se hizo el viernes 12 de enero de 2024 y la próxima está prevista para el 12 de enero de 2025. La empresa tiene un contrato de mantenimiento de dos años de duración (Que cubre 2024 y 2025) y por cada año cobra 1.833,15 euros. 

Documentación

BOE núm. 186 Miércoles 5 agosto 1998 26585

18795 REAL DECRETO 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE) y se crea la Comisión Asesora para las Instalaciones Térmicas de los Edificios.

BOE MARTES 28 DE MARZO DE 2006

5515 REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

Ahorro de energía

Guía técnica de mantenimiento de instalaciones térmicas, IDAE febrero de 2007 

BOE núm. 218 Martes 11 septiembre 2007 37041

16146 REAL DECRETO 1114/2007, de 24 de agosto, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de cuatro cualificaciones profesionales correspondientes a la familia profesional energía y agua.

Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

BOE Núm. 219 Jueves 12 de septiembre de 2013 Sec. I. Pág. 67137

9511 Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.

5.2 Plan de mantenimiento

1 Son operaciones de inspección visual, verificación de actuaciones y otros, que aplicados a la instalación deben permitir mantener dentro de límites aceptables las condiciones de funcionamiento, prestaciones, protección y durabilidad de la instalación.

2 El mantenimiento implicará, como mínimo, una revisión anual de la instalación para instalaciones con superficie de captación inferior a 20 m2  y una revisión cada seis meses para instalaciones con superficie de captación superior a 20 m2.

3 El plan de mantenimiento debe realizarse por personal técnico competente que conozca la tecnología solar térmica y las instalaciones mecánicas en general. La instalación tendrá un libro de mantenimiento en el que se reflejen todas las operaciones realizadas así como el mantenimiento correctivo.

4 El mantenimiento ha de incluir todas las operaciones de mantenimiento y sustitución de elementos fungibles o desgastados por el uso, necesarias para asegurar que el sistema funcione correctamente durante su vida útil.

5 A continuación se desarrollan de forma detallada las operaciones de mantenimiento que deben realizarse en las instalaciones de energía solar térmica para producción de agua caliente, la periodicidad mínima establecida (en meses) y observaciones en relación con las prevenciones a observar. 



BOE Núm. 219 Jueves 12 de septiembre de 2013 Sec. I. Pág. 68421

9514 Real Decreto 617/2013, de 2 de agosto, por el que se establece un certificado de profesionalidad de la familia profesional Energía y agua que se incluye en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualizan los certificados de profesionalidad establecidos como anexo I del Real Decreto 1967/2008, de 28 de noviembre y como anexo I del Real Decreto 1381/2008, de 1 de agosto.

BOE Núm. 71 Miércoles 24 de marzo de 2021 Sec. I. Pág. 33748

4572 Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.


PRESSUPOST DE MANTENIMENT (ROIGSAT JUNY 2026)

PRESSUPOST DE TASQUES DE MANTENIMENT PER CAPTADORS D’ENERGIA SOLAR TÈRMICA A LES SEVES INSTAL·LACIONS. Data: 18/06/2026

ÍNDEX:

INTRODUCCIÓ

NORMATIVA

MEMÒRIA TÈCNICA

OFERTA ECONÒMICA

POLÍTICA DE QUALITAT

1.- INTRODUCCIÓ

El present estudi econòmic té per objecte establir les regles i procediments que permetran assolir el nivell d’exigència de la normativa RITE (Reglament d’Instal·lacions Tèrmiques en Edificis) al client i equips que s’hi especifiquen.

La normativa del RITE estableix les condicions que han de complir les instal·lacions destinades a atendre la demanda de benestar tèrmic i d’higiene mitjançant les instal·lacions de calefacció, climatització i aigua calenta sanitària, per aconseguir un ús racional de l'energia. El Reial Decret ha estat elaborat conjuntament pel Ministeri d’Indústria, Turisme i Comerç i el Ministeri de l’Habitatge.

Les majors exigències en eficiència energètica que estableix el RITE, es concreten en:

Major rendiment energètic en els equips de generació de calor i fred, així com els destinats al moviment i transport de fluids.

Millor aïllament en els equips i conduccions dels fluids tèrmics.

Millor regulació i control per mantenir les condicions de disseny previstes en els locals climatitzats.

Utilització d'energies renovables disponibles, en especial l'energia solar i la biomassa.

Incorporació de subsistemes de recuperació d'energia i aprofitament d'energies residuals.

Sistemes obligatoris de comptabilització de consums en el cas d’instal·lacions col·lectives.

Desaparició gradual de combustibles sòlids més contaminants.

Desaparició gradual d'equips generadors menys eficients.

2.- NORMATIVA

Extracte del Reial decret núm.1027/2007 de 20 de Juliol (BOE núm.207, de 29 d’Agost de 2007), pel que s’estableixen les responsabilitats i obligacions dels titulars i usuaris en l’ús i manteniment d’instal·lacions tèrmiques.

CAPÍTULO VI Condiciones para el uso y mantenimiento de la instalación

Artículo 25. Titulares y usuarios.

El titular o usuario de las instalaciones térmicas es responsable del cumplimiento del RITE desde el momento en que se realiza su recepción provisional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.1.c) de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, en lo que se refiere a su uso y mantenimiento, y sin que este mantenimiento pueda ser sustituido por la garantía.

Las instalaciones térmicas se utilizarán adecuadamente, de conformidad con las instrucciones de uso contenidas en el «Manual de Uso y Mantenimiento» de la instalación térmica, absteniéndose de hacer un uso incompatible con el previsto.

Se pondrá en conocimiento del responsable de mantenimiento cualquier anomalía que se observe en el funcionamiento normal de las instalaciones térmicas.

Las instalaciones mantendrán sus características originales. Si son necesarias reformas, éstas deben ser efectuadas por empresas autorizadas para ello de acuerdo a lo prescrito por este RITE.

El titular de la instalación será responsable de que se realicen las siguientes acciones:

a) encargar a una empresa mantenedora, la realización del mantenimiento de la instalación térmica;

b) realizar las inspecciones obligatorias y conservar su correspondiente documentación;

c) conservar la documentación de todas las actuaciones, ya sean de reparación o reforma realizadas en la instalación térmica, así como las relacionadas con el fin de la vida útil de la misma o sus equipos, consignándolas en el Libro del Edificio.

Artículo 26. Mantenimiento de las instalaciones.

Las operaciones de mantenimiento de las instalaciones sujetas al RITE se realizarán por empresas mantenedoras autorizadas.

Al hacerse cargo del mantenimiento, el titular de la instalación entregará al representante de la empresa mantenedora una copia del «Manual de Uso y Mantenimiento» de la instalación térmica, contenido en el Libro del Edificio.

La empresa mantenedora será responsable de que el mantenimiento de la instalación térmica sea realizado correctamente de acuerdo con las instrucciones del «Manual de Uso y Mantenimiento» y con las exigencias de este RITE.

El «Manual de Uso y Mantenimiento» de la instalación térmica debe contener las instrucciones de seguridad y de manejo y maniobra de la instalación, así como los programas de funcionamiento, mantenimiento preventivo y gestión energética.

Será obligación del mantenedor autorizado y del director de mantenimiento, cuando la participación de este último sea preceptiva, la actualización y adecuación permanente de la documentación contenida en el «Manual de Uso y Mantenimiento» a las características técnicas de la instalación.

El mantenimiento de las instalaciones sujetas a este RITE será realizado de acuerdo con lo establecido en la IT 3, atendiendo a los siguientes casos:

a) Instalaciones térmicas con potencia térmica nominal total instalada en generación de calor o frío igual o superior a 5 kW e inferior o igual a 70 kW. Estas instalaciones se mantendrán por una empresa mantenedora, que debe realizar su mantenimiento de acuerdo con las instrucciones contenidas en el «Manual de Uso y Mantenimiento».

b) Instalaciones térmicas con potencia térmica nominal total instalada en generación de calor o frío mayor que 70 kW. Estas instalaciones se mantendrán por una empresa mantenedora con la que el titular de la instalación térmica debe suscribir un contrato de mantenimiento, realizando su mantenimiento de acuerdo con las instrucciones contenidas en el «Manual de Uso y Mantenimiento».

c) Instalaciones térmicas cuya potencia térmica nominal total instalada sea igual o mayor que 5.000 kW en calor y/o 1.000 kW en frío, así como las instalaciones de calefacción o refrigeración solar cuya potencia térmica sea mayor que 400 kW. Estas instalaciones se mantendrán por una empresa mantenedora con la que el titular debe suscribir un contrato de mantenimiento. El mantenimiento debe realizarse bajo la dirección de un técnico titulado competente con funciones de director de mantenimiento, ya pertenezca a la propiedad del edificio o a la plantilla de la empresa mantenedora.

3.- MEMÒRIA TÈCNICA

Després de la visita tècnica a les seves instal·lacions, procedim a la identificació dels generadors tèrmics instal·lats a:

SISTEMA SOLAR CENTRALETA

Fabricant: BAETULENN

Model: BSLTVS021Q

Superfície total de captació: 4,02 M2

Unitats / Nº captadors: 9

Energia: 25,33 KW (APROX)

Posta en marxa: 2020

El manteniment d’aquests tipus d’instal·lacions es realitzarà d’acord amb l’establert en la secció HE4 “Contribució solar mínima d’aigua calenta sanitària” del Codi Tècnic de l’Edificació. La seva finalitat és la d’assegurar que el seu funcionament, al llarg de la seva vida útil, es dura a terme amb la màxima eficiència energètica, garantint la seguretat, durabilitat i la protecció del medi ambient.

Sense prejudici d’aquelles operacions de manteniment derivades d’altres normatives, es defineixen dos nivells complementaris d’actuació:

a) Pla de vigilància.

b) Pla de manteniment preventiu.

a) Pla de vigilància.

El pla de vigilància es refereix bàsicament a les operacions que permetran assegurar que els valors operacionals de la instal·lació siguin correctes. És un pla d’observació simple dels paràmetres funcionals principals, per verificar el correcte funcionament de la instal·lació. Bàsicament té l’abast descrit a la següent taula:

b) Pla de manteniment.

Són operacions d’inspecció visual, verificació d’actuacions i altres, que aplicats a la instal·lació han de permetre mantenir dins els límits acceptables les condicions de funcionament, prestacions, protecció i durabilitat de la instal·lació.

El manteniment implicarà, com a mínim, una revisió anual de les instal·lacions amb superfície de captació inferior a 20m2 i una revisió cada 6 mesos per instal·lacions amb superfície de captació superior a 20m2.

El pla de manteniment es dura a terme per personal tècnic competent que conegui la tecnologia solar tèrmica i les instal·lacions mecàniques en general. La instal·lació tindrà un llibre de manteniment en què és reflecteixin totes les operacions realitzades així com el manteniment correctiu.

El manteniment ha d'incloure totes les operacions de manteniment i substitució d'elements fungibles o desgastats per l'ús, necessàries per assegurar que el sistema funcioni correctament durant la seva vida útil.

A continuació es descriuen de forma detallada les operacions de manteniment que han de realitzar-se en les instal·lacions d'energia solar tèrmica per producció d'aigua calenta, la periodicitat mínima establerta (en mesos) i observacions en relació amb les prevencions a observar.


4.- OFERTA ECONÒMICA

Havent referenciat els equips generadors de calor (captadors solars tèrmics) instal·lats, es determina que s’hauran de dur a terme les tasques de manteniment referides en la memòria tècnica i que ens porten al següent càlcul:

* El pressupost es presenta desglossat en les tasques corresponents al pla de vigilància i a les tasques pròpies del pla de manteniment. Amb el pla manteniment ens assegurem de mantenir en la instal·lació les condicions de funcionament, prestacions, protecció i durabilitat, dins dels límits exigibles normatius. És l’opció de contractació mínima.

Afegir-hi les actuacions previstes dins del pla de vigilància ens permetrà assegurar l’optimització dels valors operacionals en el funcionament de la mateixa.

CONDICIONS CONTRACTUALS

Aquest preu inclou:

Mà d’obra del servei tècnic per dur a terme totes les actuacions previstes en el pla de manteniment proposat.

Disposicions de servei necessàries que requeriran aquestes actuacions.

Servei gratuït d’elaboració de pressupostos d’ampliació o millora de les instal·lacions.

Descompte en la instal·lació de nous equips.

Certificat anual de manteniment de La Generalitat.

Aquest preu no inclou:

21% d’IVA.

Servei d’avaries.

Canvi de peces per reparació o substitució.

Avaries, aturades o interrupcions de servei produïdes per falta o mala qualitat de combustible, fluid elèctric o aigua.

Forma de pagament: al comptat a la signatura del contracte.

Validesa de l’oferta de 30 dies.




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